El Reglamento trata el traslado y custodia de valores como un servicio con requisitos propios, no como una extensión de la vigilancia del edificio. El objeto de la empresa y la autorización tienen que cubrir ese encargo. Pedirle a un vigilante de puerta que «lleve el sobre» no convierte el acto en un servicio habilitado.

Qué cambia

  • El valor, el origen y el destino se declaran antes, no en la acera.
  • El personal y el medio de transporte son los del servicio, no el carro particular de turno.
  • Hay un responsable de la entrega y una constancia de que llegó.

Para el cliente

Pregunte si la compañía está autorizada para ese servicio en concreto. Una autorización de vigilancia de inmuebles no alcanza, por sí sola, para mover valores. Si el proveedor evita la pregunta, no contrate ese tramo.

info@seguridadsesi.com. Esto no es un dictamen legal.